Arraigo Sociolaboral
Regularización por 2 años de permanencia en España con oferta de empleo que garantice el SMI.
Descripción
Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales para extranjeros que acrediten 2 años de permanencia continuada en España, carezcan de antecedentes penales y cuenten con uno o varios contratos de trabajo que garanticen al menos el Salario Mínimo Interprofesional. El nuevo Reglamento (RD 1155/2024) fusiona los antiguos arraigos social y laboral en esta figura, reduciendo el tiempo de permanencia exigido de 3 a 2 años y flexibilizando los contratos (mínimo 20h/semana, se admiten fijos-discontinuos). Permite trabajar por cuenta ajena desde la concesión.
Requisitos
- Permanencia continuada en España mínima de 2 años.
- Carecer de antecedentes penales en España y país de origen.
- Uno o varios contratos de trabajo que garanticen al menos el SMI.
- Contrato mínimo de 20 horas semanales.
- Se admiten contratos indefinidos, temporales y fijos-discontinuos.
Documentos necesarios
Pasos del proceso
Reunir documentación de permanencia (2 años de empadronamiento).
Obtener certificado de antecedentes penales.
Conseguir contrato(s) de trabajo (≥ SMI).
Presentar solicitud (EX-10) en Oficina de Extranjería.
Pagar tasa 790-052.
Esperar resolución (3 meses de silencio administrativo).
Si favorable: Alta en Seguridad Social en 1 mes.
Solicitar TIE (Toma de huellas).