Mi pareja es española y nos vamos a casar. ¿Qué papeles me tocan a mí? He oído hablar de la tarjeta de familiar pero no sé cómo va.
Respuesta del asistente
Información general, no asesoramiento jurídico
Si tu pareja es española y van a casarse, el trámite que te corresponde es la Residencia de familiar de ciudadano español. Este trámite se realiza mediante el modelo EX-24. Aquí te explico los detalles:
Es un permiso de residencia que te permite vivir en España como familiar de un ciudadano español.
Recuerda que es importante que todos los documentos estén en regla y que cumplas con los requisitos. Si tienes dudas sobre la documentación o el proceso, no dudes en consultar con un abogado especializado en extranjería.
Para más información sobre el trámite, puedes consultar la sección correspondiente en ParaExtranjeria.
¡Enhorabuena! 🎉 En tu caso lo que te corresponde es la tarjeta de familiar de ciudadano de la UE (se tramita con el modelo EX-24), que es de las más ágiles y ventajosas.
🪪 Qué es: una autorización de residencia (y trabajo) válida 5 años, por ser familiar directo de una persona con nacionalidad española.
👨👩👧 Quién entra: cónyuge o pareja registrada, hijos menores de 26 años (o dependientes) y ascendientes a tu cargo.
📄 Lo principal que acreditas: el vínculo familiar (certificado de matrimonio o de pareja registrada), que tu pareja es española, y en algunos casos medios económicos.
📋 La tasa es el modelo 790 (12 €) — bastante económica.
Tienes la documentación exacta y el paso a paso aquí 👉 Familiar de Ciudadano Español.
Consejo: si estáis como pareja de hecho en vez de casados, asegúrate de tenerla inscrita en el registro correspondiente, porque es lo que te pedirán. ¡Mucha suerte con la boda y el trámite! 💍
(Es información general para orientarte, no asesoramiento jurídico personalizado.)
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