hace 25 días

    Me voy a casar con una española, ¿qué residencia me corresponde?

    Mi pareja es española y nos vamos a casar. ¿Qué papeles me tocan a mí? He oído hablar de la tarjeta de familiar pero no sé cómo va.

    0
    Anónimo

    Respuesta del asistente

    Información general, no asesoramiento jurídico

    Si tu pareja es española y van a casarse, el trámite que te corresponde es la Residencia de familiar de ciudadano español. Este trámite se realiza mediante el modelo EX-24. Aquí te explico los detalles:

    ¿Qué es?

    Es un permiso de residencia que te permite vivir en España como familiar de un ciudadano español.

    Requisitos clave:

    • Vínculo: Debes estar casado con tu pareja española.
    • Documentación: Necesitarás presentar varios documentos, incluyendo:
      • Modelo EX-24.
      • Certificado de matrimonio (deberá estar legalizado y traducido si no está en español).
      • DNI o pasaporte de tu pareja española.
    • No tener antecedentes penales: Debes presentar un certificado de antecedentes penales de tu país de origen.

    Siguiente paso:

    1. Solicitar cita en la oficina de Extranjería.
    2. Presentar la solicitud con toda la documentación requerida.
    3. Esperar la resolución: Normalmente, el plazo es de tres meses. Si no recibes respuesta en ese tiempo, se considera que ha sido denegada (silencio negativo).

    Recuerda que es importante que todos los documentos estén en regla y que cumplas con los requisitos. Si tienes dudas sobre la documentación o el proceso, no dudes en consultar con un abogado especializado en extranjería.

    Para más información sobre el trámite, puedes consultar la sección correspondiente en ParaExtranjeria.

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    1 respuestas de la comunidad

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    Equipo oficial

    ¡Enhorabuena! 🎉 En tu caso lo que te corresponde es la tarjeta de familiar de ciudadano de la UE (se tramita con el modelo EX-24), que es de las más ágiles y ventajosas.

    🪪 Qué es: una autorización de residencia (y trabajo) válida 5 años, por ser familiar directo de una persona con nacionalidad española.

    👨‍👩‍👧 Quién entra: cónyuge o pareja registrada, hijos menores de 26 años (o dependientes) y ascendientes a tu cargo.

    📄 Lo principal que acreditas: el vínculo familiar (certificado de matrimonio o de pareja registrada), que tu pareja es española, y en algunos casos medios económicos.

    📋 La tasa es el modelo 790 (12 €) — bastante económica.

    Tienes la documentación exacta y el paso a paso aquí 👉 Familiar de Ciudadano Español.

    Consejo: si estáis como pareja de hecho en vez de casados, asegúrate de tenerla inscrita en el registro correspondiente, porque es lo que te pedirán. ¡Mucha suerte con la boda y el trámite! 💍

    (Es información general para orientarte, no asesoramiento jurídico personalizado.)

    Equipo ParaExtranjeriahace 24 días

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